Comité Académico
Instancia dependiente de la Coordinación del Programa Nacional de Formación en Ciencias de la Información; encargada de administrar el PNFCI y los distintos programas de formación a él ligados, en común acuerdo con el departamento de Ciencias de la Información de la UPTAEB y la Dirección del Instituto Autónomo Biblioteca Nacional y Servicios de Bibliotecas.
Esta constituido por al menos tres miembros Coordinador/a y docentes de las distintas unidades curricular de acuerdo con el eje de formación del PNFCI en cuestión.
El Comité se reunirá al menos una vez por mes o cuando así lo requiera algún caso particular referente al estudiantado, en este caso, también participarán los voceros de los ambientes del PNFCI y llevará actas de sus sesiones.
Sus funciones:
.- Asesorar a la Institución IABNSB y AGN en lo relativo a los estudios en sus áreas.
.- Velar por el nivel académico y el rigor científico del PNFCI y de las actividades académicas a él ligadas.
.- Considerar la creación de los programas de IV nivel o la modificación de los existentes en su área de competencias y elevarlos a fin de obtener la aprobación de las instancias superiores.
.- Organizar intercambios de experiencias, foros, talleres, encuentros, conferencias, entre otros.
.- Considerar las credenciales de los profesores que han de ingresar al personal docente del PNFCI.
.- Estudiar las credenciales de los estudiantes aspirantes a cursar el PNFCI y proponer su aceptación o rechazo.
.- Proponer y establecer las asignaturas a ser dictadas en cada período, así como los saberes complementarios.
.- Diseñar contenidos para eventos académicos con pertinencia a la malla curricular del PNFCI y a las necesidades del IABNSB.
.- Considerar los proyectos de Investigación, la designación de tutores académicos y externos
.- Estudiar la pertinencia de los proyectos en relación con la problemática institucional
.- Fomentar el desarrollo de las Relaciones Interinstitucional que contribuyan al enriquecimiento de las actividades de investigación.
.- Proponer normas, reglamentos y procedimientos que garanticen el desarrollo de las colecciones y los servicios a disposición del usuario.
.- Proponer la integración de los jurados
.- Convocar reuniones del Comité de Proyectos.
.- Estudiar el otorgamiento de prórrogas para la presentación de proyectos de investigación, en común acuerdo con el comité de proyectos.
.- Designar profesores consejeros o tutoriales.
.- Planificar horarios y planificación académica del año.
.- Proponer ofertas de formación educativas que respondan a las realidades de las comunidades institucionales en corresponsabilidad con el Plan de la Patria.
.- Proponer a la Comisión de evaluación de curricula de la UPTAEB, la creación de nuevas asignaturas y la asignación de créditos correspondientes, así como la modificación de asignaturas existentes.
.- Asesorar sobre aquellos aspectos académicos y administrativos que podrían ser concedidos a los estudiantes.
.- Designar al suplente del coordinador, si fuera el caso.
.- Los demás que les asignen los reglamentos.
Son atribuciones y obligaciones de los Coordinadores de Comité Académico:
Coordinar las actividades académicas y administrativas de los programas bajo su supervisión con el apoyo de los responsables del Programa.
Funciones del Coordinador del Comité:
.- Convocar y presidir las reuniones del Comité Académico y ejecutar sus decisiones.
.- Orientar a los cursantes en sus estudios y mantener un seguimiento de su rendimiento académico; para ello podrá solicitar al Comité Académico respectivo la designación de profesores consejeros.
.- Coordinar la labor y el funcionamiento del Comité Académico y de los programas que estén bajo responsabilidad de dicho comité.
.- Elevar ante las instancias correspondientes las decisiones del Comité Académico.
.- Revisar el expediente de los candidatos a grado y comprobar el cumplimiento de los requisitos correspondientes para su tramitación a la Secretaría General de la UPTAEB.
.- Proponer al Comité Académico los jurados de los proyectos.
.- Suministrar a la Coordinación del PNFCI, la información que sobre el o los programas le sean requeridos.
.- Conocer los registros estudiantiles para supervisar el desarrollo de su programa de formación y cuidar el cumplimiento de las normas de rendimiento mínimo y permanencia así como el cumplimiento de los lapsos legales.
.- Las demás que le sean conferidas por resoluciones del Comité Académico.
Fuente: Coordinación del PNFCI.